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Antiguo 22 jun 2008   #8
GOMESIL
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Predeterminado Re: medidas estandar de puertas de interior???

CTE
4.2 Cálculo
1 El dimensionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la
tabla 4.1.
Tabla 4.1 Dimensionado de los elementos de la evacuación
Tipo de elemento Dimensionado
Puertas y pasos A ≥ P / 200 (1) ≥ 0,80 m (2)
La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0,60 m, ni
exceder de 1,20 m.
Pasillos y rampas A ≥ P / 200 ≥ 1,00 m (3) (4) (5)
Pasos entre filas de asientos fijos en
salas para público tales como cines,
teatros, auditorios, etc. (6)
En filas con salida a pasillo únicamente por uno de sus extremos, A ≥ 30
cm cuando tengan 7 asientos y 2,5 cm más por cada asiento adicional,
hasta un máximo admisible de 12 asientos.
En filas con salida a pasillo por sus dos extremos, A ≥ 30 cm en filas de 14
asientos como máximo y 1,25 cm más por cada asiento adicional. Para 30
asientos o más: A ≥ 50 cm.(7)
Cada 25 filas, como máximo, se dispondrá un paso entre filas cuya anchura
sea 1,20 m, como mínimo.
Escaleras no protegidas (
para evacuación descendente
para evacuación ascendente
A ≥ P / 160 (9)
A ≥ P / (160-10h) (9)
Escaleras protegidas
Pasillos protegidos
E ≤ 3 S + 160 AS
(9)
P ≤ 3 S + 200 A
(9)
En zonas al aire libre:
Pasos, pasillos y rampas
Escaleras
A ≥ P / 600 ≥ 1,00 m (10)
A ≥ P / 480 ≥ 1,00 m (10)

A = Anchura del elemento, [m]
AS = Anchura de la escalera protegida en su desembarco en la planta de salida del edificio, [m]
h = Altura de evacuación ascendente, [m]
P = Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona.
E = Suma de los ocupantes asignados a la escalera en la planta considerada más los de las plantas situadas por debajo o
por encima de ella hasta la planta de salida del edificio, según se trate de una escalera para evacuación descendente o
ascendente, respectivamente. Para dicha asignación solo será necesario aplicar la hipótesis de bloqueo de salidas de
planta indicada en el punto 4.1 en una de las plantas, bajo la hipótesis más desfavorable;
S = Superficie útil del recinto, o bien de la escalera protegida en el conjunto de las plantas de las que provienen las P personas,
incluyendo la superficie de los tramos, de los rellanos y de las mesetas intermedias o bien del pasillo protegido.


(1) La anchura de cálculo de una puerta de salida del recinto de una escalera protegida a planta de salida del edificio debe ser al
menos igual al 80% de la anchura de cálculo de la escalera.
(2) En uso hospitalario A ≥ 1,05 m, incluso en puertas de habitación.
(3) En uso hospitalario A ≥ 2,20 m (≥ 2,10 m en el paso a través de puertas).
(4) En establecimientos de uso Comercial, la anchura mínima de los pasillos situados en áreas de venta es la siguiente:
a) Si la superficie construida del área de ventas excede de 400 m2:
- si está previsto el uso de carros para transporte de productos:
entre baterías con más de 10 cajas de cobro y estanterías: A ≥ 4,00 m.
en otros pasillos: A ≥ 1,80 m.
- si no está previsto el uso de carros para transporte de productos: A ≥ 1,40 m.
b) Si la superficie construida del área de ventas no excede de 400 m2:
- si está previsto el uso de carros para transporte de productos:
entre baterías con más de 10 cajas de cobro y estanterías: A ≥ 3,00 m.
en otros pasillos: A ≥ 1,40 m.
- si no está previsto el uso de carros para transporte de productos: A ≥ 1,20 m.
(5) La anchuras mínima es 0,80 m en pasillos previstos para 10 personas, como máximo, y estas sean usuarios habituales.
(6) Anchura determinada por las proyecciones verticales más próximas de dos filas consecutivas, incluidas las mesas, tableros u
otros elementos auxiliares que puedan existir. Los asientos abatibles que se coloquen automáticamente en posición elevada
pueden considerarse en dicha posición.
(7) No se limita el número de asientos, pero queda condicionado por la longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna
salida del recinto.
( Incluso pasillos escalonados de acceso a localidades en anfiteatros, graderíos y tribunas de recintos cerrados, tales como
cines, teatros, auditorios, pabellones polideportivos etc.
(9) La anchura mínima es:
- 0,80 m en escaleras previstas para 10 personas, como máximo, y estas sean usuarios habituales de la misma.
- 1,20 m en uso Docente, en zonas de escolarización infantil y en centros de enseñanza primaria, así como en zonas de público
de uso Pública Concurrencia y Comercial.
- en uso Hospitalario, 1,40 m en zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obligan a giros iguales
o mayores que 90º y 1,20 m en otras zonas.
- 1,00 en el resto de los casos.
(10) En zonas para más de 3 000 personas, A ≥ 1,20 m.
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"La gran mayoría de importaciones que tenemos provienen del extranjero" George W. Bush filósofo
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