Lo primero saludar a todos, este es mi primer mensaje en este foro. La duda que os planteo, ¿se considera un infografista como artista plástico? Viene por lo siguiente. Voy a trabajar en un estudio de arquitectura haciendo renders y animaciones. Y consultando el folleto de empresarios y profesionales en la página de hacienda, leo esto:
Actividades profesionales exentas del iva:
Servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos y fotográficos de periódicos y revistas, compositores musicales, autores de obras teatrales y de argumento, adaptación, guión y diálogos de las obras audiovisuales, traductores y adaptadores.
¿Se puede considerar que soy artista plástico, aunque vaya a tener un sueldo fijo, y estar por tanto exento de pagar el iva? Yo no lo veo muy descabellado. En algún lado he leído que una striper no tiene que pagar este impuesto por hacer una forma de arte. Muchas gracias.