Sobre el precio eso depende de ti, uno cobrara una cantidad y otra persona otra, además no sabemos que es, no me puede hacer una mínima idea, seria parecido a vender un malla, pero la diferencia está en que la malla la puedes vender más veces y eso no.
Por otro lado, define bien que son derechos totales sobre el archivo, te recuerdo que no puedes vender el derecho de autoría, eso es invendible te recomendaría una clausula donde se advierta que la autoría de ese trabajo es de tu propiedad y que tú cedes únicamente la explotación de la obra para fines internos de la empresa.
Sobre que cobrar es complejo porque no sé de qué estas hablando. Saludos.